Q: QUIEN DEBE PAGAR LA ESCRITURA DE COMPRAVENTA. A:
El Artículo 1.455 del Código Civil establece que los gastos de otorgamiento de la escritura de compraventa son de cuenta del vendedory los gastos de la primera copia de la escritura son de cuenta del comprador.
Ello quiere decir que si en la escritura de compraventa ( o en el contrato privado previo a la firma de la escritura de compraventa) se pacta que los gastos de escritura se satisfagan SEGUN LEY o bien no se establece ningun pacto sobre este tema, los Honorarios del Notario deberan pagarlo el vendedor , salvo el importe de la primera copia autorizada de la escritura de compraventa, que debera pagarla el comprador.
Q: QUE GASTOS CONLLEVA LA FIRMA DE UNA ESCRITURA DE COMPRAVENTA DE VIVIENDA. A:
PAGO DE IMPUESTOS : La transmision de una vivienda implica la obligacion de pagar el I.T.P (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) o el I.V.A y la PLUSVALIA.
GASTOS DE NOTARIA : son los Honorarios del Notario por el otorgamiento de la escritura de compraventa y se calculan con arreglo a un ARANCEL fijado por el Gobierno.
GASTOS DE REGISTRO : Son los Honorarios del Registrador por la inscripcion de la compraventa en el Registro de la Propiedad. Al igual que los gastos de Notaria, se calculan con arreglo a un ARANCEL fijado por el Gobierno.
GASTOS DE GESTION O TRAMITACION : Son los honorarios por la realizacion de los tramites ( INMOBILIARIA ).